HACIENDA: LA LEGISLATURA PROVINCIAL APROBÓ LA ADHESIÓN DE MISIONES AL RÉGIMEN NACIONAL DE BLANQUEO DE CAPITALES

En la sesión del pasado jueves 12 de septiembre, la Cámara de Representantes determinó la adhesión de la Provincia de Misiones al Título II de la Ley 27.743, normativa nacional que establece un Régimen de Regularización de Activos del país y del exterior, más conocida como “Ley de Blanqueo de Bienes y Capitales”.

Este beneficio libera de impuestos y tasas provinciales a los declarantes que hayan omitido ingresar dichos bienes y capitales en sus respectivas jurisdicciones, y alcanza a los sujetos fiscales residentes en el país al 31 de diciembre de 2023 y las personas humanas no residentes que hubieran sido residentes fiscales antes de esa fecha.

Las personas jurídicas, humanas o sucesiones indivisas que hayan exteriorizado activos podrán acceder al blanqueo dentro de un plazo que se extenderá desde su vigencia hasta el 30 de abril de 2025 inclusive, con facultad de prórroga por parte del Poder Ejecutivo Provincial en caso de extenderse la vigencia del Régimen Nacional.

Esta iniciativa permitirá que los sujetos que se acojan al Régimen de Regularización de Activos queden exceptuados del pago de tributos provinciales (como Ingresos Brutos), así como también de intereses, multas y demás accesorios por la tenencia de activos. El ministro de Hacienda, Adolfo Safrán, destacó que se trata de una medida que, además de facilitar la regularización de activos, «mejorará la recaudación fiscal y colaborará con las finanzas provinciales ya que tanto el impuesto establecido en el régimen de blanqueo como otros tributos asociados a este aumento de la base imponible (como por ejemplo Ganancias) son en ambos casos impuestos coparticipables, lo que en última instancia colaborará para seguir fortaleciendo el equilibrio fiscal de Misiones«.

Safrán también remarcó que las cuentas bancarias regularizadoras (que son aquellas en las cuales las personas deberán depositar los capitales exteriorizados) tampoco estarán sujetas a la percepción a cuenta del impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Fuente: Ministerio de Hacienda