Es un abordaje biopsicosocial integral que se desarrolla en el marco de equipos interdisciplinarios, o por indicación de un profesional de la salud. Tiene el objetivo de reforzar el tratamiento de la persona acompañada en su ámbito cotidiano. El dictamen, aprobado por la Comisión de Salud, integra proyectos presentados por los legisladores Rafael Pereyra Pigerl, Anazul Centeno y Jorge Martín Cesino, Santiago Mansilla y por la ex legisladora Natalia Rodríguez.
El acompañamiento terapéutico se desarrolla a través de estrategias terapéuticas en los ámbitos institucional, domiciliario, ambulatorio y social comunitario. Algunos de los casos en lo que se indica esta práctica son para personas con trastornos mentales, discapacidad, enfermedades crónicas, neurodegenerativas o en fase terminal, en situación de vulnerabilidad psicosocial o que padecen violencia por motivos de género o intrafamiliar, sin distinción de edad o género.
Se debe realizar por indicación del profesional o equipo interdisciplinario de la salud a cargo del tratamiento, en forma particular o a través de instituciones públicas o privadas responsables de la persona acompañada, o por disposición del Poder Judicial en ámbitos de asistencia institucional, domiciliaria o fuera del lugar de residencia de la persona asistida.
En el caso de que esta propuesta legislativa se convierta en ley, para ser acompañante terapéutico será requisito poseer título de técnico universitario o superior en acompañamiento terapéutico expedido por universidades o institutos de educación superior debidamente reconocidos por autoridades nacionales o provinciales competentes; o por universidades extranjeras, previa reválida y convalidación correspondientes. Además, será necesaria la inscripción en el registro único de acompañantes terapéuticos de la provincia que sería creado por el Ministerio de Salud como autoridad de aplicación.
Quedarán exceptuados del complimiento de esas condiciones psiquiatras, psicólogos, psicopedagogos y otros profesionales afines que tengan capacitación adicional en la temática. Asimismo, en el caso de que se sancione el dictamen, por el plazo de cinco años a partir de su promulgación, podrán inscribirse en el registro único de acompañantes terapéuticos de Misiones quienes tengan formación de base en capacitaciones que no respondan a los requisitos establecidos.
Fuente: Cámara de Representantes